imagen del cargador

4 características de un buen acuerdo de riesgo compartido

Un acuerdo de riesgo compartido provee al pagador de evidencia suficiente para tomar una decisión frente a la incertidumbre del desempeño de un nuevo producto. Por lo tanto, surge la pregunta ¿Qué características deberían tener este tipo de acuerdos?

 

  1. Deben proponer una manera innovadora y diferente de distribuir el riesgo, comparado con los acuerdos tradicionales pagador-proveedor. De esta forma, se puede decir que es una inversión que permite disminuir la incertidumbre
  2. Debe existir un programa de recolección de datos, que es la forma más adecuada de establecer la eficacia, seguridad y costo-efectividad de la tecnología de interés. La recolección puede estar basada en resultados globales de una población o en el seguimiento a pacientes individuales. Esta última sería mejor porque se tomarían decisiones basadas en información de pacientes locales.
  3. La recolección de información, pactada en el acuerdo de riesgo compartido, debe iniciar en el periodo posterior a la aprobación regulatoria, sin que esto signifique que los datos generados deban ser presentados como evidencia epidemiológica post-comercialización.
  4. El precio, reembolso o renta del producto debe estar ligado a los resultados del programa de recolección de datos. Recuerde que estos acuerdos deben estar enfocados en los desenlaces de salud de los pacientes.

Finalmente, cabe agregar que la decisión de celebrar o no estos acuerdos también está sujeta a un análisis de incertidumbre: El resultado de los estudios, en el marco de los acuerdos de riesgo compartido, es generalmente información que prueba la idoneidad del uso de una tecnología en una cohorte de pacientes. De esta forma, usted puede saber si el grupo de pacientes objetivo de la tecnología (que es determinado con base en la evidencia clínica) es realmente el grupo que se beneficiaría del uso de esta en el contexto local. Por consiguiente, usted debe preguntarse:

¿Vale la pena invertir en la generación de evidencia local para generar un posible ahorro por una mejor asignación de recursos?

Tenga en cuenta que tanto el creador de la tecnología como el operador logístico y el pagador tienen una visión diferente del concepto de valor que aporta una nueva tecnología.

Por lo tanto, es su deber que el diseño del acuerdo, los desenlaces a evaluar y las definiciones de éxito o no de la intervención, satisfagan los intereses de todos los actores involucrados y sus diferentes puntos de vista.

Si quiere profundizar en el tema, le recomendamos la lectura de la publicación de Garrison et al del 2013: Performance-Based risk-sharing arrangements—good practices for design, implementation, and evaluation. Value in Health No. 16.

 


Blogs similares 


Suscribir
Notificar de
0 Comments
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios

Suscríbase a nuestro blog 

Publicaciones destacadas
Tiene un proyecto similar

Agende una video llamada y ¡hablemos!