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Francisco José García Lara

Médico cirujano y Magíster en Administración de Salud de la Universidad Javeriana Columnista del Diario La Nación de Neiva

Como complemento del blog anterior, y tomando en este caso la información al 31 de diciembre de 2019 de los estados financieros de las EPS del régimen subsidiado que se encuentran en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud, se presentan a continuación algunas observaciones sobre la situación financiera de las mencionadas entidades.

Activos y pasivos

Con relación a los activos, en la siguiente tabla se presentan las primeras nueve EPS-S en cuantía:

epssubsidiado1

Respecto a los pasivos, se presentan también las nueve primeras:

Regimen subsidiado2

Un simple análisis nos permite evidenciar que los activos de las nueve primeras EPS-S corresponden a prácticamente la mitad de los pasivos, encontrándose la diferencia más significativa en Asmet, Emssanar, Saviasalud y Capital Salud. Sobre estas últimas debe recordarse que son mixtas con capital predominantemente público.

Coosalud es la única que tiene mayor valor de activos que de pasivos.

Es importante reiterar que posiblemente los pasivos sean mayores, ya que las EPS-S registran como deuda las facturas que han sido auditadas y aceptadas, o sea que aquellas que están en proceso de auditoría o no han sido aceptadas no se encuentran reportadas en la información revisada.

Las cuentas por cobrar

De los activos se revisó cuánto representaban las cuentas por cobrar, encontrando lo siguiente:

Regimen subsidiado3

Teniendo en cuenta las cifras de los activos que se mostraron antes, las dos terceras partes son las cuentas por cobrar, es decir, que no solo tienen mayores valores de pasivos sobre activos, sino también que el mayor porcentaje de estos últimos se los deben.

Al igual que lo que se hizo para el régimen contributivo, se buscó la información sobre las cuentas por cobrar por el denominado No PBS, encontrando que no todas las EPS reportaron la información, y las nueve primeras de las que informaron las mencionadas deudas son:

Regimen subsidiado4

A diferencia del régimen contributivo, en el régimen subsidiado esas deudas corresponden a los entes territoriales (departamento y distritos) hasta la expedición del Plan de Desarrollo 2018 -2022 (25 de mayo de 2019) que debe asumirlos la ADRES. A partir de la expedición por parte del Ministerio de Salud de la Resolución No. 205 de 2020, el No PBS es asumido por las EPS por los denominados techos o presupuestos máximos.

Los resultados

En cuanto a los resultados, estos se dividieron en dos: las EPS que reportaron pérdidas las cuales son acumuladas con años anteriores, y las que obtuvieron utilidades que corresponden al año 2019.

Las principales que reportan pérdidas acumuladas son:

Regimen subsidiado5

Y las que reportaron utilidades son:

Regimen subsidiado6

Se insiste que las pérdidas son acumuladas porque reflejan mejor la realidad financiera de las EPS, e independientemente de que alguna de las EPS que vienen mostrando pérdidas en años anteriores pudo dar utilidades en el 2019, las mismas no alcanzan a cubrir el valor negativo de los años anteriores.

Las EPS que reportaron utilidades si corresponden al año 2019 y en la información revisada se evidenció que no vienen arrastrando pérdidas.

Realizada la suma de las pérdidas y restadas las utilidades, arroja un resultado de pérdidas totales para las EPS del régimen subsidiado de $-5.014.508.551.044.

CAPITAL MÍNIMO Y PATRIMONIO ADECUADO

Complementariamente, la Superintendencia Nacional de Salud presentó el informe preliminar de evaluación del cumplimiento de los indicadores de capital mínimo y patrimonio adecuado, vigencia 2019.

A manera de resumen de dicho informe se presenta la siguiente tabla, en la que se muestra el cumplimiento o no con los indicadores de capital mínimo y patrimonio adecuado:

Regimen subsidiado7

La tabla anterior muestra que solo tres EPS cumplen con el capital mínimo y el patrimonio adecuado (Cajacopi, Comfachocó y Mutual ser) las demás no cumplen con ninguno de los dos.

Coosalud no fue incluida en el informe porque sus datos estaban en revisión.

Las posibles causas de la situación financiera

Los datos financieros del régimen subsidiado, que se insiste son tomados de la información oficial registrada en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud, muestran que financieramente las EPS del régimen subsidiado están en peor situación financiera que sus homólogas del régimen contributivo.

Para este caso, debe considerarse que para 2019 la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del régimen contributivo fue fijada por un valor de $847.180,80, mientras que la UPC del régimen subsidiado se determinó en $787.327,20, una diferencia de $59.853,6.

Es importante precisar que el Plan Obligatorio de Salud (POS, hoy Plan de Beneficios en Salud o PBS) del régimen subsidiado y del régimen contributivo es el mismo desde julio del 2012, por consiguiente, las EPS del régimen subsidiado reciben menos que las del régimen contributivo por hacer lo mismo.

De otro lado y teniendo en cuenta que, en el 2019, según la información del Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO), los afiliados al régimen subsidiado fueron en promedio 22.800.485, cifra que multiplicada por la diferencia antes mencionada representa una diferencia de $1.364 billones que recibieron de menos las EPS del régimen subsidiado comparado con lo que debieron pagarles si el valor de las UPC fuera igual.

No es necesario entonces hacer un profundo análisis para entender que desde hace más de 8 años las EPS del régimen subsidiado vienen recibiendo menos dinero que las del régimen contributivo, y esta es sin duda una de las principales causas de su crisis financiera.

Es importante llamar la atención que la gran mayoría de EPS del régimen subsidiado son entidades sin ánimo de lucro o mixtas, y en algunos casos, las pérdidas están poniendo en riesgo los patrimonios de sus matrices como es el caso de las cajas de compensación familiar.

Al igual que en el régimen contributivo hay EPS que dan utilidades, lo que conlleva a considerar que de alguna manera se pueden lograr mejores resultados. No obstante, esas utilidades son mínimas frente a las grandes pérdidas del sector.

Adicionalmente, debemos resaltar que las EPS de ambos regímenes no pueden acogerse a las medidas de insolvencia establecidas por la Ley 1116 de 2006 y complementarias, puesto que la norma que aplica para estos casos es el Estatuto Financiero, que no incluye medidas de reorganización empresarial o similares que permitan llegar a acuerdos con proveedores y deudores para resolver este tipo de crisis financieras.

Finalmente, insistimos que la crisis financiera de los sistemas de salud es mundial, agravado en Colombia para el régimen subsidiado a un pago diferencial y menor por hacer lo mismo que en el régimen contributivo.


1. http://neuroeconomix.com/la-salud-financiera-de-las-eps-del-regimen-contributivo/

2. https://www.supersalud.gov.co/es-co/Paginas/DelegadaSupervisionRiesgos/informacion-financiera-EPS-EMP-SAP-regimenes-de-excepcion-y-especiales.aspx

3. Código 1 en la información de la Superintendencia Nacional de Salud.

4. Código 2 en la información de la Superintendencia Nacional de Salud.

5. CCF es la abreviatura de caja de compensación familiar.

6. Código 13 en la información de la Superintendencia Nacional de Salud

7. Actividades y tecnologías no incluidas en el Plan de Beneficios en Salud, antes Plan Obligatorio de Salud o No POS.

8. Ley 1955 de 2019.

9. Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

10. Ver el blog en la página: http://neuroeconomix.com/los-techos-en-el-sistema-de-salud/

11. Código 35 en la información de la Superintendencia Nacional de Salud.

12. https://docs.supersalud.gov.co/PortalWeb/SupervisionRiesgos/EstadisticasEPSRegimenContributivo/INFORMEPRELIMINARRESULTADOCUMPLIMIENTOINDCMPA.pdf

13. Clasificada en el informe como EPS de ambos regímenes.

14. Ver Resolución No. 5858 de 2018 expedida por el ministerio de salud.

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