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Francisco José García Lara

Médico cirujano y Magíster en Administración de Salud de la Universidad Javeriana Columnista del Diario La Nación de Neiva

Desde hace muchos años se ha entendido la importancia de la salud mental y la necesidad de establecer políticas públicas que permitan cerrar las brechas en el acceso de los colombianos a estos servicios de salud.

En este blog nos proponemos realizar un acercamiento a la situación de la política de salud mental en Colombia.

Definición

En el artículo 3 de la ley No. 1616 de 2013 la salud mental se define como:

“Un estado dinámico que se expresa en la vida cotidiana a través del comportamiento y la interacción de manera tal que permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos emocionales, cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, trabajar, establecer relaciones significativas y contribuir a la comunidad”

Algunas cifras importantes

De conformidad con los datos que se encuentran en el observatorio nacional de salud mental, en Colombia para el año 2018, la tasa de intento de suicidio por 100.000 habitantes fue de 52.12; el porcentaje de personas atendidas por demencia (sobre el total de habitantes) era 0.25 %; el porcentaje de personas atendidas por primera vez en salud mental (sobre el total de atenciones en salud mental) fue de 33.14 %.

En la encuesta nacional de salud mental de 2015, extractando algunos datos relevantes en la población de 12 a 17 años, un 12.2 % fue positivo en el tamizaje para algún trastorno mental, el 52.9 % tenía uno o más síntomas de ansiedad. Así mismo, el 19.7 % mostraba cuatro o más síntomas de depresión y 10.1 % síntomas de algún tipo de psicosis. Sobre eventos traumáticos, el 29.3 % reportó haber sufrido al menos uno y el 6.6 % presentaba ideación suicida.

Adultos de 18 a 44 años…

Con relación a los adultos de 18 a 44 años, el 9.6 % reportó síntomas sugestivos de trastorno mental, el 52.9 % manifestó uno o más síntomas de ansiedad, el 80.2 % informó de 1 a 3 síntomas depresivos, el 40.2 % había sufrido algún evento traumático y el 7.4 % tenía ideación suicida.

En personas de 45 años y más, el 11.2 % manifestaba síntomas sugestivos de trastornos mentales, 54.8 % tenía uno o más síntomas de ansiedad, 71.9 % reportó uno a tres síntomas de depresión y el 6.7 % muestra indicadores de psicosis.

De otro lado, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en un estudio denominado “La carga de trastornos mentales en la región de las Américas -2018”, el cual toma datos del año 2015 y realizando un análisis a partir de los años perdidos por discapacidad (APD), encontró que en Colombia el 8.2 % del total de esos años perdidos corresponde a depresión, por trastornos de ansiedad el 5.3 %, por suicidio y autoagresión 1.4 %, por esquizofrenia 1.8%, por trastorno bipolar 1.7 %, por consumo de alcohol 1 %, por consumo de sustancias psicoactivas (SPA) 0.9 %, por trastornos de comienzo habitual en la infancia y adolescencia 2.7 % y por demencia 0.9 %.

Finalmente, el estudio encuentra que el 35.4 % de los APD totales de ese año corresponden a trastornos de la salud mental.

La oferta de servicios en salud mental

Al consultar el Registro Especial de Prestadores de Salud (REPS), se encuentra que 646 psiquiatras se encuentran inscritos como profesionales independientes. No obstante, se calcula que en Colombia hay entre 1200 y 1300 psiquiatras según algunas publicaciones.

En el mismo registro se encuentra que 1155 IPS prestan servicio de consulta externa de psiquiatría, 75 servicios de internación con unidad de salud mental y 166 con hospitalización sin unidad de salud mental. Así mismo, hay 13 unidades para cuidado agudo de salud mental y 4 para cuidado intermedio.

Dichas entidades cuentan con 4497 camas para atención de pacientes psiquiátricos. Adicionalmente, están registradas 4116 camas para farmacodependencia.

Se encuentra además que 2182 psicólogos se encuentran inscritos como profesionales independientes y 5937 IPS prestan atención psicológica.

Las normas sobre salud mental

A continuación haremos una breve descripción de la normas más importantes sobre salud mental:

  • Ley No. 1616 de 2013:

    Denominada ley de salud mental incluye, entre otros, los siguientes temas: definiciones, derechos en el ámbito de la salud mental, promoción y prevención, atención y red integral para la atención de salud mental, consejo nacional de salud mental, política pública de salud mental, sistema de información y Conpes de salud mental.

  • Decreto 658 de 2013:

    Mediante el cual se expidió el cronograma para la implementación de la ley anterior. Adelante se encontrarán algunas normas y se revisarán las fechas en las cuales según el cronograma deberían ser expedidas.

  • Plan decenal de salud pública (PDSP):

    Adoptado mediante Resolución 1841 de 2013. En el mencionado plan se encuentra la dimensión de convivencia y salud mental que incluye dos componentes: Promoción de la salud mental y la convivencia y Prevención y atención integral a problemas y trastornos mentales y a diferentes formas de violencia. Cada componente tiene sus propios objetivos, metas, estrategias e indicadores.

En el año 2018, se publicó el documento: “Informe Gestión Avance del Plan Decenal de Salud Pública” , en el cual se advierte que evaluados los indicadores de gestión de la dimensión de Promoción de la salud mental y la convivencia el resultado es: Promoción de la salud mental y la convivencia: 13.33 %. Prevención y atención integral a problemas y trastornos mentales y a diferentes formas de violencia: 25.33 %.

  • Resolución 4886 de 2018:

    Mediante la cual se adopta la política de salud mental. A este respecto y según el cronograma establecido en el Decreto 658 de 2013, esta resolución debió haber sido expedida en julio de 2014.

En las 29 páginas del anexo técnico de la resolución se encuentra el diagnostico, los principios, los ejes, así como el monitoreo, evaluación y seguimiento de la política de salud mental.

  • Conpes 3992 de 2020 – Estrategia para la promoción de la salud mental en Colombia:

    Define tres objetivos específicos:

 

  1. Aumentar la coordinación intersectorial para lograr una implementación efectiva de la promoción, la prevención, la atención integral y la inclusión social de las personas con problemas o trastornos mentales, con consumo o abuso de SPA, o víctimas de violencias.
  2. Fortalecer los entornos en los que se desarrolla la población colombiana, así como sus competencias socioemocionales individuales y colectivas, para prevenir los problemas o trastornos mentales, el consumo o abuso de SPA, y las violencias.
  3. Mejorar la atención en salud mental y la inclusión social para disminuir el número de personas con problemas o trastornos mentales, con consumo o abuso de SPA y víctimas de violencias.

Así mismo, sugiere un monto de $1.12 billones como financiación durante cuatro años, cuya fuente principal es el presupuesto general de la nación.

Según el cronograma varias veces mencionado, este documento debió ser propuesto en junio de 2014.

Lo que está incluido en el Plan de Beneficios en Salud (PBS)

La Resolución No. 3512 de 2019 actualizó los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), es decir lo que se encuentra incluido en el PBS.

En el capítulo sexto de la mencionada resolución se refiere a salud mental, estableciendo que se encuentran incluidos para adultos: la atención de urgencias, 30 sesiones de psicoterapia anuales individuales o en grupo, que se duplica cuando se trata de mujeres víctimas de la violencia. También se incluye la hospitalización hasta por 90 días y el doble para mujeres víctimas de violencia.

Para los menores de edad (hasta 18 años), es similar a lo antes explicado, pero se duplica a 60 sesiones anuales de psicoterapia individual o en grupo cuando son víctimas de cualquier tipo de violencia, y a 180 días de hospitalización.

¿La salud mental es prioritaria?  

El desarrollo normativo aquí descrito permite inferir que la salud mental es una prioridad dentro del sistema de salud, de hecho, son pocas las áreas que tiene tantas herramientas como política de estado.

Las cifras demuestran la imperiosa necesidad de abordar los problemas de salud mental, llamando significativamente la atención que el estudio de carga de la enfermedad de la OPS reporta que el 35.4 % de los APD corresponden a trastornos de la salud mental, lo cual no solo tiene un impacto social sino también económico.

Sin embargo, la existencia de las normas no implica que se cumplan sus objetivos, la tardanza para la expedición de la política de salud mental y el documento Conpes evidencia que no se cumplió con el cronograma establecido para la implementación de la ley. Precisamente y con relación a este último documento, la inversión en cuatro años es significativa, pero eso tampoco certifica que los recursos se destinen oportunamente a la salud mental.

El escaso avance en los componentes del PDSP son una muestra incontrovertible de lo antes comentado.

Con relación a la oferta de servicios conocemos que persisten las barreras de acceso para la población y las limitaciones del recurso humano hacen aún más difícil garantizar ese acceso.

Nuevamente se evidencia que no es suficiente tener las políticas plasmadas en normas, cuando las mismas no se cumplen, ni son objeto de un verdadero seguimiento. No se puede negar que se ha avanzado, pero ese esfuerzo parece estar quedando en buenas intenciones.


1. www.onsaludmental.minsalud.gov.co

2. Ídem

3. www.iris.paho.org/La carga de trastornos mentales en la Región de las Américas, 2018

4. https://www.minsalud.gov.co/BibliotecaDigital/informe-gestion-plan-decenal-salud-publica-2018.pdf

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